En cumplimiento del Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la Oficina Española de Patentes y Marcas ha suspendido todos los términos y plazos hasta que se dé por finalizado el Estado de Alarma.
De esa forma, los plazos que ya estuviesen abiertos cuando se declaró el estado de alarma se retomarán el primer día hábil después de la finalización del mismo, y los plazos que se hubiesen generado durante el estado de alarma no empezarán a contar hasta el primer día hábil después del mismo.
La sede electrónica de la Oficina Española de Patentes y Marcas seguirá funcionando de forma habitual, y la gran mayoría del personal de la OEPM desarrollará su trabajo de forma telemática durante este periodo.